Los proveedores de bienes o servicios relacionados con la salud y asistencia social, tienen hasta el 19 de enero para incorporarse al Régimen FEL.
Los contribuyentes podrán seguir operando bajo en ese régimen mientras migran al régimen Factura Electrónica en Línea (FEL).
FACE FEL Contar con acceso a BancaSAT y esperar un mes para iniciar con la emisión. Contar con acceso a la Agencia Virtual y pueden iniciar con la emisión de inmediato. Los emisores solo pueden optar a un solo certificador Emisores pueden optar por uno o más certificadores de acuerdo a su conveniencia El contribuyente
Contar con Agencia Virtual de la SAT. Tener los datos del NIT actualizados en el RTU. Tener al menos un establecimiento activo en el RTU. Estar afiliado al IVA (General o Exento) o bien el régimen de pequeño contribuyente. Estar al día en la declaración de sus impuestos.
Una vez habilitado, el contribuyente tendrá dos opciones: A través de Agencia Virtual donde la SAT funciona como certificador. Por medio de Certificadores (Opción para contribuyentes con facturación voluminosa).
Todos los contribuyentes que emitan facturas u otros documentos tributarios, habilitándose de dos formas: Obligatorio, a quienes la SAT notifique. Voluntario, quienes sin ser notificados así lo deseen. *Artículo 11 y 12 del Acuerdo de Directorio 13-2018.
Para la entrega de facturas electrónicas se tienen dos opciones: Digital: a través de medios electrónicos (Correo electrónico hipervínculo, mensaje de texto o como archivo digital). Papel: cuando el receptor así lo desee.
El contribuyente emite el documento con firma electrónica y se envía al certificador de manera automática. El certificador recibe, válida y autoriza cada documento y es enviado automáticamente al emisor y a la SAT. El emisor entrega la factura al receptor. La SAT verifica cada documento tributario electrónico y la pone a disposición del emisor
Emisor: Es quien emite la factura electrónica u otros documentos tributarios electrónicos (DTE). Certificador: ente autorizado por la SAT para revisar y certificar las facturas electrónicas emitidas por el emisor. Receptor: Es el que recibe la factura u otro documento tributario (comprador del bien o servicio) SAT: Verifica y recibe las facturas electrónicas y otros
Es un archivo electrónico que contiene la información de cualquiera de estos tipos de documentos: Factura Factura cambiaria Factura especial Factura de pequeño contribuyente Factura cambiaria de pequeño contribuyente Nota de crédito Nota de débito Nota de abono Recibo